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Alquileres: el nuevo límite del 2%

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La actualización de renta de los alquileres no tiene ninguna similitud con el precio que se firma del contrato ni con otros costes variables impuestos por el propietario. Desde que el nuevo decreto de medidas especiales por la crisis energética entre en vigor y hasta el 30 de junio, el incremento no podrá superar el 2%. 

Cuando un propietario y un inquilino firman un contrato de alquiler, el precio se fija libremente, tal y como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), excepto Cataluña desde el 2020 debido a la Ley autonómica de regulación de alquileres. Tal y como está la situación una vez que se firma el contrato de arrendamiento, el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda durante al menos cinco años (y siete años cuando el casero es una empresa). El precio se pacta para toda la duración del contrato, pero el artículo 18 de la LAU regula la posibilidad de incrementarlo para que el casero no pierda poder adquisitivo. La actualización es un ajuste de precio que puede hacerse al cumplirse cada anualidad de contrato y bajo ciertas condiciones.

¿Cómo se calculará el nuevo límite?

El Gobierno de España propone vincular temporalmente el tope de la subida no con el IPC, sino con el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC). El IGC se creó precisamente para garantizar la competitividad de la economía española y por esto tiene otra característica: legalmente siempre se aplica en valores entre el 0% y el 2%. Eso es lo que hace que la actualización de rentas tenga temporalmente el tope del 2%, ya que actualmente está por encima (2,02%) y lo previsible es que no baje.

Entonces, ¿pueden subirme el alquiler más del 2%?

Depende del tipo de propietario que sea tu casero. El real decreto-ley, como ha hecho casi toda la legislación de alquileres en los últimos años, va a diferenciar entre pequeños y grandes propietarios.

  • Grandes propietarios: se considerará a particulares o empresas que posean más de 10 inmuebles urbanos, o una superficie equivalente a 1.500 metros cuadrados, excluyendo garajes y trasteros. Este grupo supone tener una superior capacidad de negociar y presionar al arrendatario, por lo que se establece que nunca se podrá superar el nuevo tope legal.
  • Pequeños propietarios: inferior a lo comentado anteriormente. La norma prevé cualquier posibilidad de acuerdo con el inquilino, aunque dice que si hay discrepancias, se aplica como límite el IGC. Por eso el Gobierno cree que no se aceptarán subidas por encima del 2%.
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Gran inversión económica para reforzar el Poder Judicial

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El Ministerio de Justicia, liderado por Pilar Llop, en el primer semestre del 2022 ha destinado casi 10 millones de euros. El objetivo de esta gran inversión es reforzar el plan de choque para el Poder Judicial, es decir, paliar los efectos ocasionados por el bloqueo de la renovación del Consejo General del Poder Judical (CGPJ), que lleva más de tres años en funciones.

La diferencia económica invertida con respecto el 2021 es muy grande. En 2021 se destinaron 10.893.475 euros para reforzar el poder judicial. En este sentido, el Ministerio de Justicia destinó este montante a refuerzos de naturaleza jurisdiccional, consistente en la designación de jueces y magistrados, para ejercer funciones jurisdiccionales, como refuerzo en órganos judiciales. Además, también se destinó parte del presupuesto en refuerzos no jurisdiccionales, consistentes en la designación de letrados de refuerzo del Gabinete técnico del Tribunal Supremo.

Viendo el alto nivel de inversión de este año, se estima alcanzar los 13 millones de euros al final del ejercicio del 2022.  Se prevé que, a partir del próximo 30 de junio, una vez finalizada la moratoria concursal, la jurisdicción mercantil y los juzgados de primera instancia, tendrán una carga mayor de trabajo, para los que se ha previsto destinar los casi tres millones de euros restantes del presupuesto global.

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Hasta 11.072 desahucios en el primer trimestre del 2022

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El número de lanzamientos practicados en el primer trimestre del año ha aumentado un 1% respecto al anterior, según informa el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Tres de cada cuatro lanzamientos (7.625) fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que otros 2.755 (el 24,9%) se derivó de ejecuciones hipotecarias. Los 692 restantes se asocian a otros motivos.

En primer lugar, los derivados de la LAU disminuyeron un 3,1%, sin embargo, los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias aumentaron un 8,1% respecto al primer trimestre del año pasado.

¿Cuál es la Comunidad Autónoma con mayor tasa de desahucios?

Con un 21,8% del total nacional, es decir, 2.410 casos del total, Cataluña se registra como la Comunidad Autónoma con mayor número de casos. Sumándose la Comunidad Valenciana, con 1.863 y Andalucía con 1.858 son las tres comunidades con las cifras más elevadas a nivel nacional.

¿Cuál es el número de lanzamientos solicitados a los servicios comunes de notificaciones y embargos?

Los datos disponibles, salidos del Consejo General del Poder Judicial, reflejan que el número de lanzamientos solicitados a los servicios comunes en el primer trimestre de este año alcanzó la cifra de 19.257 casos, un 6,2% más que el 2021. De ellos, 9.013 terminaron con cumplimiento positivo, lo que representa un incremento interanual del 0,9%.

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¿Cómo se debe calcular el valor del usufructo en una herencia?

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El valor del usufructo se puede calcular, y es habitual hacerlo cuando se trata de pagar el Impuesto de sucesiones u otros. Para entenderlo, primero se debe partir de que el valor del pleno dominio es igual al valor de la nuda propiedad más el valor del usufructo. Es decir, cuando se establece por cualquier título un derecho de usufructo sobre un bien, el mismo se desdobla en dos: nuda propiedad y usufructo. 

Hay que recurrir a la legislación fiscal para poder calcularlo:

– El usufructo temporal equivale al 2% del valor total del bien por cada año, sin exceder del 70%.

– El usufructo vitalicio equivales al 70% del valor total cuando el usufructuario cuente menos de veinte años, restándose a medida que aumenta la edad, un 1 % por cada año más de diecinueve, con el límite mínimo del 10 % del valor total. Simplificando esto, es lo mismo que restar a 89 la edad del usufructuario y el resultado será el porcentaje a aplicar, con un máximo de 70% y un mínimo de 10%.

Cuánto se paga por extinción de usufructo

Hay que considerar si el usufructo no está prescrito, si no lo está o cuánto se debe pagar de impuestos. En los casos más sencillos con impreso de liquidación, un/a notario/a podría cobrar entre 80 y 100 euros por la instancia más el IVA. Pero otras veces se dan presupuestos bastante más elevados porque requieren la cancelación en escritura u otros trámites.

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Con el verano llegan los contratos temporales, pero ¿cuáles son sus condicionantes?

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Llega el verano y con ello, el aumento de los contratos temporales. Es muy importante tener en cuenta las condiciones que estos conllevan.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó el jueves 12 de mayo que los empleados contratados a través de una ETT (empresa de trabajo temporal) deben tener la misma compensación en días de vacaciones anuales retribuidos y misma paga extraordinaria de vacaciones que los de contrato por empresa.

Los contratos temporales pueden, en algunos casos, ser beneficiarios de incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que en cada caso se exijan por la normativa de aplicación, dependiendo de las características de la situación temporal, de la empresa, del trabajador, de la jornada o de la duración.

El uso injustificado de la contratación temporal o el incumplimiento de obligaciones convierte la contratación temporal en indefinida.

Esta noticia resurgió debido a una demanda interpuesta en 2017 por dos trabajadores de la empresa de trabajo temporal para obtener el pago de los importes no abonados de días de vacaciones retribuidas y de paga extraordinaria de vacaciones. La ETT consideraba que el método de cálculo a aplicarse es el régimen luso de trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.

¿La respuesta del alto tribunal europeo?

La Directiva europea se opone a la normativa nacional lusa en lo que se refiere a la compensación a los trabajadores cedidos por ETT y ha considerado que la compensación es inferior a la que esos trabajadores tendrían derecho si hubiesen sido contratados directamente por la empresa.

 

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Las donaciones baten récord en España

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Uno de los momentos más decisivos de la vida es cuando se debe decidir sobre el futuro de nuestros bienes y demás pertenencias. La opción más habitual es la realización de una herencia, sin embargo, en el último año, se ha visto cómo el número de donaciones ha aumentado a tal nivel que ha batido récord en España.

Pero, ¿qué son las donaciones?

Las donaciones son acuerdos voluntarios alcanzados entre dos partes, aquella que cede algo y su correspondiente contrayente. El matiz que hay que añadir a esa definición es que son «inter vivos» , es decir, el traspaso de los bienes se produce antes del fallecimiento. A diferencia de las herencias que son «mortis causa».

Las principales ventajas que presentan las donaciones son de carácter fiscal, ya que algunas Comunidades Autónomas contemplan bonificaciones por los tributos relacionados con este proceso, y, en el caso concreto del IRPF, para aquellas personas mayores de 65 años que donan su vivienda habitual. Además, en el caso de contar con un gran patrimonio, donar en vida permitirá ir disolviendo «la masa hereditaria» para una futura herencia.

¿Se puede revocar una donación?

En términos generales no, salvo las siguientes excepciones recogidas en el Código Civil:

  • Cuando no se cumplen, por parte del donatario. alguna de las condiciones que el donante le impuso.
  • En caso de ingratitud, si se produce algún delito por parte del donatario hacia la persona donante.

Récord: En 2021 se produjeron 174.866 donaciones

Según datos del Consejo General del Notariado, en 2021 se produjeron 174.866 donaciones totales (de viviendas, de bienes, a fundaciones, a ONG…), es decir, un aumento del 30,7% respecto al año 2020, lo que ha supuesto un récord histórico.

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¿Prisión por deudas?

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En el 2015 se produjo una reforma del Código Penal, donde en materia de suspensión de las penas privativas de libertad, flexibilizaba y modificaba la regulación existente hasta el momento. En esta reforma ocupaba un lugar importante el pago de la responsabilidad civil como condición, en determinados supuestos limitados por otras cuestiones para obtener la suspensión de la ejecución de la pena de prisión, beneficio que, si bien ya existía en la anterior regulación, pasaba a ser regulada de manera más excesiva y con más matices.

De esta forma, aunque no se exige el pago completo de la responsabilidad civil en el momento de acordar la suspensión, y se posibilita el acceso a dicho favor bajo el compromiso de pago conforme a la capacidad económica del sujeto, el beneficio puede revocarse ante el incumplimiento. En cambio, en la regulación anterior el Juez podía acordar el beneficio de la suspensión sin abonar la responsabilidad civil, declarando la imposibilidad total o parcial de que el condenado la abonara por su insolvencia.

Sentencia de 7 de marzo de 2022

Recientemente, se ha pronunciado el Tribunal Constitucional en sentencia de 7 de marzo de 2022, sobre la afección que el impago de una responsabilidad civil tiene como motivo para revocar una suspensión de la condena de prisión acordada previamente y las condiciones para su efectividad.

El artículo 86 del Código Penal, señala que el Juez «revocará la suspensión y ordenará la ejecución». ¿En qué situaciones?  Cuando, entre otros motivos, el condenado «no dé cumplimiento al compromiso de pago» o «facilite información inexacta o insuficiente sobre su patrimonio», previsión que se armoniza con otras previsiones habituales en las obligaciones que la legislación civil impone a los ejecutados.

Además, recuerda el Tribunal Constitucional, el derecho de reparación del perjudicado, aunque pueda ser el principio que inspiró la mencionada reforma del Código Penal, «encuentra su límite en la prohibición de condicionarla al pago de la responsabilidad civil cuando no hay capacidad de cumplimiento.»

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¿Afectan las herencias en la declaración de la renta?

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Cada año, hay nuevas exenciones, así como nuevos tramos y límites, por lo que realizar la declaración de la renta acaba siendo una tarea un tanto difícil de comprender por la mayoría de los contribuyentes. Una de las dudas que surgen a la hora de presentar esta declaración es si debemos declarar las herencias que hayamos recibido durante el año fiscal.

Procedimiento a seguir

Cuando recibimos una herencia, debemos declararla en el plazo de 6 meses en la comunidad autónoma perteneciente. Las herencias tributan de forma diferente en función de su naturaleza.

Lo primero que debemos saber es que una herencia tributa sobre el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones. En la gran mayoría de los casos, las comunidades disponen de dos vías por las que declarar las herencias: la telemática o la presencial con cita previa. Otro factor a tener en cuenta es que todos los bienes heredados se deben declarar si ha habido ganancia. Esto se puede dar en el caso de vender el bien heredado o bien si se ha alquilado. En el caso de optar por vender el inmueble, los herederos también deberán presentar la declaración correspondiente y pagar la plusvalía municipal. Si hemos recibido herencia en dinero en efectivo, este no tributará en IRPF, pues ya se habrá declarado previamente. Y, si la herencia incluye acciones o depósitos bancarios, sí se deben reflejar en la declaración de la Renta.

 

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Orden de alejamiento si hay un impago de pensiones

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Desde el pasado Junio, gracias a la ley de protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, los casos de abandono de pensiones, entre los que incluye el impago de pensiones, obliga a imponer el distanciamiento físico entre víctima y agresor. 

El impago de pensiones, además de estar directamente relacionada con la violencia económica, también lo está con la de género. Esta vía es una herramienta más que utiliza el agresor para mantener el control y la presión sobre la mujer y poder crear situaciones de soborno poniendo entre medias a los hijos. Estos sufren de manera intencionada y no justificada la limitación de recursos económicos básicos como la alimentación, ropa, etc. sumándoles además, un daño psicológico.

Artículo 57.2 del Código Penal

Según rige el Tribunal Constitucional en el artículo 57.2 del Código Penal, imponer la orden de alejamiento en estos casos se realiza con el fin de proteger a la víctima y a sus respectivos bienes tutelados.

La Macroencuesta de Violencia sobre la Mujer 2019 de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, el 11,5% de las mujeres españoles españolas han sido víctimas de violencia económica por parte de una pareja o expareja: ese porcentaje supone que 2,35 millones de mujeres han padecido esta forma de maltrato.

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¿Cuál es el procedimiento para recibir el dinero de una herencia?

dinero herencia

¿Cómo te da el banco el dinero de un familiar cuando fallece? El primer paso es saber el número de cuentas que tiene el fallecido. De acuerdo con el Banco de España, los herederos pueden solicitar información como la copia de sus contratos y los movimientos del año previo a la muerte a la entidad bancaria del fallecido de manera gratuita.

Por otro lado, hay ciertos movimientos que sí suponen un cargo económico para los interesados de la herencia. Por ejemplo, si los herederos quieren datos de los movimientos bancarios de más de un año de antigüedad podrán recibirla pero pagando una comisión establecida por el banco.

Otro gasto puede ser el Impuesto de Sucesiones. En aquellos casos en los que los herederos no pueden hacer frente a esas cantidades o no desean hacerlo con su dinero, pueden recurrir al dinero de la cuenta bancaria que posteriormente van a heredar. En la práctica es una especie de adelanto del dinero de la herencia, que se usa para poder pagar el tributo, obligatorio a su vez para poder recibir la herencia.

¿Cómo se recibe el dinero de la herencia?

El heredero o herederos tienen libertad para elegir cualquier método gratuito y la entidad ha de proporcionárselo sin poder rechazarlo.

Ya sea por transferencia a una nueva cuenta, con el uso de un cheque o directamente haciendo un pago en efectivo, el banco ha de responder a la petición de los herederos. No existe un plazo para pagar el dinero de la herencia, pero tampoco puede demorarse de forma injustificada.

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Nueva sentencia sobre el complemento de paternidad para jubilados ¿Qué cambios supone?

complemento paternidad

¿Qué es el complemento de paternidad o maternidad para jubilados? Dicho complemento se establece cuando la Ley de la Seguridad Social acepta la posibilidad de acogerse al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género. A día de hoy, pueden beneficiarse tanto los hombres como las mujeres. Sin embargo, no siempre ha sido así.

Remontándonos al 2016, entró en vigor el complemento de maternidad para la pensión de mujeres con hijos. En principio, este complemento sólo iba dirigido a las mujeres debido al impacto de ser madre en plena vida laboral. Sin embargo, la sentencia europea (TJUE) dictada el día 12 de diciembre 2019 replanteó dicha situación ya que se consideró que constituía una discriminación directa por razón de sexo.

Real Decreto-Ley 3/2021

De tal forma, se creó el Real Decreto-Ley 3/2021 de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico. De tal forma, este derecho se amplió a los hombres, evitando de esta manera una discriminación incompatible con el Derecho de la Unión Europea.

Su reconocimiento no es automático, desde entonces los hombres deben cumplir con unos requisitos:

1 – Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.

2 – Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con con arreglo a las siguientes condiciones:

  • En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años posteriores a tal fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los 3 años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
  • En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses inmediatamente anteriores, siempre que la cuantía de las sumas de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

Importe de la ayuda

Actualmente, este complemento económico en las pensiones es de 378 euros al año por cada hijo hasta un máximo de 4 hijos.  Es decir, la persona que al acceder a su pensión acredite que ha tenido un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc.

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3 estrategias para ayudar a nuestros hijos a superar un divorcio

El número de separaciones en nuestro país ha aumentado exponencialmente a lo largo de los últimos años y su normalidad es aceptada en las familias, en los colegios o en el ámbito escolar. Pero afrontar una separación con niños no es fácil ni para los padres y, mucho menos, para los hijos.

Durante este proceso de separación los hijos podrán manifestarse más distantes, desafiantes o agresivos.

¿Qué podemos hacer para suavizar este proceso a nuestros hijos?

  • Intentar consensuar, aunque no sea fácil, un proyecto educativo familiar con reglas y normas ajustándose a las necesidades de cada hijo.
  • Evitemos hablar del otro progenitor de forma despectiva e irónica o involucrar a nuestros pequeños en los conflictos que puedan existir entre nosotros. Estas situaciones les provocará una mayor sensación de malestar e incomodidad.
  • Ser honestos con ellos es fundamental para que entiendan la situación y se interiorice de la forma más natural posible.

En definitiva, es primordial que los niños vean que en una separación existe la armonía, el respeto y la coherencia y que ellos no se convierten en moneda de cambio. Como padres se puede conseguir que los efectos de nuestra separación sean menos dolorosos para los hijos, ¿Cómo? Priorizando y atendiendo sus necesidades con una actitud positiva y tranquilizadora siguiendo una misma línea de actuación, tal y como hemos presentado en los parámetros anteriores.