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Gestación subrogada en España: ¿cómo está regulada?
Estos días se oye mucho hablar sobre la gestación subrogada. Es un tema en auge que ha provocado gran controversia por sus implicaciones éticas y legales. Aunque en España es una práctica ilegal, hay países como Estados Unidos o Ucrania donde es cada vez más habitual.
La gestación subrogada, o vientre de alquiler, es un tipo de reproducción asistida. Este método permite tener un hijo a una persona o una pareja sin tener que gestarlo personalmente. Consiste en entregar el material genético a una mujer, o madre gestante (normalmente por fecundación in vitro), con la que se ha acordado un contrato.
Cuando esta tercera persona da a luz, el niño o niña se entrega a la persona o las personas que contrataron este servicio. Estas se convierten, automáticamente, en los padres del menor.
La gestación subrogada en España
Como hemos mencionado al comienzo, la gestación subrogada es un proceso ilegal en España. El Artículo 10 de la Ley 14/2006, del 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, es el que regula este procedimiento.
Según la ley, son nulos todos los contratos en los que una mujer geste a un menor y le otorgue la filiación a un tercero. Esto significa que cualquier contrato de este tipo se considera ilegal. Además, la madre es, legalmente, la persona que ha dado a luz.
¿Por qué es ilegal?
La prohibición de esta práctica es un medio para proteger los derechos de las mujeres y los menores involucrados en este proceso.
La Ley Orgánica 1/2023, del 28 de febrero, define la gestación subrogada como una forma de violencia contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres. Además, la ONU considera que los niños nacidos a través de este método son más vulnerables a que se violen sus derechos.
¿Qué pasa con los menores nacidos en el extranjero?
La mayoría de personas que recurren a la gestación subrogada lo hacen en el extranjero. Hay países donde esta práctica está regulada y es legal. Pero, si en España está prohibida, ¿cómo se reconoce la filiación de un bebé nacido de un vientre de alquiler?
La filiación, o el derecho por el que una persona es descendiente de otra, es un proceso sencillo en España. El Código Civil nos dice que la filiación puede darse por naturaleza o por adopción. Si la filiación de un bebé es por naturaleza, significa que al menos una persona ha aportado su material genético en la gestación. Como ya hemos indicado, la filiación de un bebé nacido en España corresponde a la persona que ha dado a luz.
Cuando el bebé nace en un país extranjero a través de gestación subrogada, las personas que han recurrido a ese proceso son consideradas, legalmente, sus padres. Además, recibirán un documento judicial que indique que el bebé es suyo.
Al llegar a España, el bebé puede ser inscrito en el Registro Civil. Esto se debe a que existe un texto legal que demuestra la filiación del menor. Así lo indica indica el Artículo 113 de la Ley 11/1981, del 13 de mayo.
El Tribunal Supremo también deja claro que todos los menores deben gozar de los mismos derechos. Esto incluye aquellos niños y niñas nacidos en el extranjero, ya sean adoptados o fruto de un vientre de alquiler.
¿Qué alternativas existen?
La gestación subrogada es un método al que recurren aquellas personas que, por el motivo que sea, no pueden tener hijos de forma natural. Pero este proceso puede resultar muy costoso por tener que realizarlo en otro país (recordemos que en España este proceso es ilícito).
Como alternativa legal, siempre se puede optar por la adopción. Adoptar un menor en nuestro país es una práctica gratuita. Para ello, se deben cumplir una serie de requisitos. La solicitud de adopción se debe realizar de forma presencial en el Servicio de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma correspondiente. Cabe destacar que este proceso puede tardar más o menos dependiendo de la comunidad.
En conclusión, la gestación subrogada es un tema complejo. Se trata de un proceso ilegal en nuestro país. Pero es posible que en el futuro se plantee una regulación legal.