El Gobierno aprueba la Ley por el Derecho a la Vivienda

El Gobierno aprueba la Ley por el Derecho a la Vivienda

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El nuevo proyecto de la Ley por el Derecho a la Vivienda supone un hito en la actual etapa democrática, ya que se trata de la primera norma que desarrolla el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada. Además, busca responder a las necesidades de las personas y los hogares con más dificultades de acceso, como los jóvenes, que «han visto limitada su capacidad de poder emanciparse».

Orden en el sector de la vivienda

En el 2008 pudimos ver grandes fallos financieros reflejados en numerosos endeudamientos familiares, desahucios y una subida del precio de la vivienda hasta un 50% entre 2015 y 2020. Con esta primera ley de vivienda de la democracia permite empezar organizar el sector inmobiliario y dejar atrás las burbujas inmobiliarias, la especulación y los pelotazos urbanísticos.

Principales aspectos de la ley

  • Con el establecimiento de la futura Ley no se podrá volver a enajenar el parque público de vivienda social, mientras que en el caso de la vivienda protegida, se garantiza siempre, al menos, un periodo de 30 años para levantar su calificación. Se ha valorado que se imponga una reserva obligatoria del 30% de cualquier promoción a vivienda protegida y que de ese 30% el 15% tenga que ir a alquiler social, de modo que se pueda construir poco a poco un parque público de vivienda en consonancia con los países europeos.
  • La ley mejorará la regulación de los desahucios en situaciones de vulnerabilidad.
  • Respecto a las viviendas vacías, la ley contempla que los ayuntamientos puedan hacer un recargo de hasta el 150% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que las grava.
  • Una de las partes más polémicas del proyecto de ley es la referida al alquiler de vivienda, en la que se incluye el concepto de zonas tensionadas en los que se podrán aplicar medidas efectivas para favorecer el acceso a la vivienda, reduciendo los precios del alquiler. Además, se establecen nuevos mecanismos de contención y bajada de precios, a través de un marco fiscal que compense la bajada de los precios en las renovaciones de contratos, cuando así lo decidan las Administraciones Territoriales.
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