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Eximen a un padre de pagar la pensión a su hija de 24 años tras cuatro años en el mismo curso

La Audiencia Provincial de Albacete ha retirado la pensión de alimentos de 600 euros que le entregaba su padre a una joven de 24 años por considerar que no aprovechaba los estudios. La hija llevaba desde 2014 matriculada en Segundo de Bachillerato y no aprobaba ninguna asignatura.

Asimismo, la hija únicamente habría trabajado 88 días desde que se estableció la cuantía de la pensión compensatoria en 2014. 

Por tanto, para esta decisión la Audiencia ha considerado que «es inadmisible» que el padre tenga que hacer un esfuerzo económico mientras la hija no aproveche su tiempo para formarse de cara a «obtener un medio de vida que le permita independizarse».

La retirada de la pensión no se hará efectiva hasta finales de año para que la joven «pueda incorporarse al mercado laboral en las mejores condiciones posibles». 

Información vía: europapress.es

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Retiran el subsidio de hijo enfermo si uno de los progenitores no trabaja

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha retirado el subsidio por cuidado de su hija gravemente enferma a una madre divorciada. El motivo, el padre ha causado baja en la Seguridad Social.

El régimen público de la Seguridad Social establece que dicho subsidio otorgado se concede en el caso de que ambos progenitores trabajen. Es una compensación económica por la pérdida o disminución de ingresos al tener que reducir la jornada laboral para cuidado del menor. En este caso a pesar de que exista un divorcio de por medio,  la regulación de la prestación no permite excluir al padre de la unidad familiar. Se entiende que este puede disponer de tiempo suficiente para la atención y cuidado de la niña.

Información vía: noticias.juridicas.com

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Los días de asuntos propios no tienen por qué recuperarse

La Audiencia Nacional considera que las empresas no pueden obligar a sus trabajadores a recuperar un día de asuntos propios, aunque con su disfrute no se alcance el mínimo de horas establecidas en el convenio. 

Para llegar a esta conclusión, la jurisprudencia argumenta que, según el Código Civil, el día de libre disposición está establecido como remunerable. De esta manera, no tiene sentido recuperarlo porque lo que se estaría haciendo es sustituir un día por otro y su remuneración sería incongruente. 

Así, concluye que este permiso ha de ser remunerado sin necesidad de que para ello sea necesario alcanzar la jornada anual

Información vía: eleconomista.es

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El maltrato sin lesiones también debe disponer orden de alejamiento

El Tribunal Supremo ha sentenciado que el maltrato físico a la pareja que no cause lesiones por las que se necesite asistencia facultativa, debe conllevar orden de alejamiento además de la pena de prisión que lleva aparejado este delito. 

El juez del caso determina que el delito de «golpear o maltratar sin causar lesión» debe conllevar la pena accesoria de prohibición de acercamiento a la víctima«. 

Información vía: el confidencial

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La Inspección de Trabajo podrá realizar visitas nocturnas

Los inspectores de trabajo tienen previsto realizar visitas nocturnas a las empresas y también en los días festivos, según ha declarado en una nota interna. El objetivo es controlar la proliferación del trabajo no declarado especialmente en los meses de verano.

Así queda reflejado en el plan director de 2018-2020 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que también recoge revisar las infracciones y sanciones para delimitar los contratos temporales abusivos

Información vía: diariojurídico.com

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El Supremo facilita los requisitos para subrogarse al alquiler de renta antigua

El Supremo ha flexibilizado los requisitos para subrogarse a un alquiler de renta antigua. En concreto el referente a que, en caso de fallecimiento del inquilino, no es necesario comunicar por escrito de esta circunstancia. 

Así, el Alto Tribunal avala que el nuevo arrendatario puede subrogarse cuando tenga constancia del fallecimiento del inquilino y de la voluntad del viudo a subrogarse, aunque no se haya comunicado por escrito.

Información vía: eleconomista.com

 

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Los padres tienen obligación de mantener al hijo aunque no viva en casa

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha concedido el subsidio por desempleo con cargas familiares a una madre cuyo hijo, de 19 años y que no estudia ni trabaja, no está empadronado en la misma vivienda

Así, la jurisprudencia entiende que aunque el menor de 26 años no viva en la misma vivienda que sus progenitores, sigue estando a cargo de los padres si no tiene ingresos. Para ello determina que la definición del término «estar a cargo» debe interpretarse como «la relación de una persona con aquella que tiene la obligación de cuidarla o atenderla».

Información vía: diariodesevilla.es

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El Supremo destaca la importancia de implementar planes de prevención de delitos en las empresas

El Tribunal Supremo ha señalado la importancia de implementar planes de prevención de delitos en las empresas a fin de prevenir delitos como el fraude, la estafa o la apropiación indebida por parte de los trabajadores.

Así lo ha establecido en una resolución de la sala de lo Penal del alto Tribunal, en la que se condena a un administrador de una empresa de Asturias a cuatro años de prisión por apoderarse de dinero de la empresa y transferirlo a su cuenta sin permiso.

El Supremo ha destacado que con la implantación de un plan de prevención de delitos esta circunstancia se podría haber evitado o descubrirse antes, en vez de ser detectado por la Agencia Tributaria.

Fuente: lavanguardia.com

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Las propinas a los trabajadores tributan a Hacienda

Según la Dirección General de Tributos, las cantidades que recibe un empleado en concepto de propinas deberán tributar bajo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así entiende que las propinas son «rendimientos del trabajo» y por tanto, están sujetas a tal impuesto. 

En este sentido, la empresa debe retener las propinas e ingresarlas en cuenta de los empleados, para que tributen por el IRPF. Sin embargo, no deben tributar bajo el Impuesto de Sociedades o el IVA.

El principal problema radica en controlar las propinas que se realizan en efectivo.

Información vía: libremercado.com

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El TJUE declara ilegal el impuesto de sucesiones de España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que los residentes fuera de la UE tienen derecho a pagar las mismas tarifas y recibir las mismas reducciones en el impuesto de sucesiones y donaciones que los residentes.

Hasta el 31 de diciembre de 2014, a las herencias o donaciones en las que participaban no residentes en la UE o en las que se transmitían bienes que no estaban en territorio español, se les aplicaba las tarifas impuestas de carácter estatal. De esta manera, los herederos o donatarios no podían beneficiarse de la normativa de las comunidades autónomas, por lo que acababan pagando más impuestos.

El 3 de septiembre de 2014 el TJUE, estableció que esta situación era discriminatoria porque obstaculizaba la libre circulación de personas y capitales. Así, a partir del 1 de enero de 2015 entró la nueva normativa, pero los ciudadanos residentes fuera de la UE seguían en la misma situación.

No ha sido hasta las sentencias dictaminadas el 19 de febrero y el 22 de marzo cuando el Tribunal Supremo ha considerado que los ciudadanos residentes fuera de la UE tienen derecho a las mismas tarifas que los residentes. De esta manera, los emigrantes españoles que viven fuera de territorio de la Unión Europea, tendrán igualdad de condiciones.

impuesto de sucesiones

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El TS exime a un padre de pagar la pensión de alimentos a su hija de 30 años

El Tribunal Supremo ha eximido la obligación de un padre de pagar la pensión de alimentos a su hija de 30 años que seguía estudiando sin aprobar los estudios ni trabajar. El padre se ha quedado en paro y tiene que hacerse cargo de otro hijo de siete años.

El hombre pagaba a su hija una cantidad de 350 euros mensuales y, ante la pérdida de su trabajo y la falta de intenciones de la hija por ganarse la vida, decidió solicitar la extinción de la pensión. Pero la Audiencia Provincial se limitó a reducir la pensión a 150€ mensuales.

Y ahora el Supremo le ha dado la razón. Para ello ha estimado que la hija «tiene capacidad laboral, posiblemente mejor que la de su padre» al igual que ha calificado que los bajos ingresos actuales del padre y su obligación de pagar a un menor, le llevaría a una «situación de indigencia».

Información vía: elmundo.es

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La compensación por vacaciones no disfrutadas de un fallecido se puede heredar

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que los herederos de un difunto trabajador que no haya disfrutado de sus vacaciones pueden reclamar la compensación económica. Esto es válido tanto para empleados del sector público como del privado. De esta manera, esta cantidad se incluiría en la masa hereditaria. 

Esta conclusión ha llegado tras el caso de dos mujeres alemanas que pidieron esta cantidad a las empresas de sus difuntos maridos y no se lo otorgaron. Tras llevar el caso a los tribunales, el derecho alemán no aprueba que la compensación económica de no haber disfrutado de las vacaciones se integre en la masa hereditaria. Pero el abogado propone en sus conclusiones que el Tribunal de Justicia Europeo dictamine que la normativa nacional difiere del Derecho de la Unión

Información vía: noticias.juridicas.com

compensación económica