Noticias archivos - Página 15 de 20 - Aide Abogados y Consultores, Despacho en Burgos
Noticias

Si renuncias a la herencia: ¿Cuándo tributa como donación?

herencia

A día de hoy, todavía sobrevuelan muchas dudas sobre las herencias. Una de ellas es cómo conseguir tributar como donación. Para conseguirlo, el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) tiene que haber sido prescrito. De esta manera, solo los herederos beneficiarios de la repudiación serán quienes tengan que tributar. En ningún caso, lo hará el heredero que renuncie a su correspondiente parte. En Aide Abogados resolvemos todas tus dudas sobre la herencia.

La herencia como ficción jurídica

Lo primero que hay que dejar claro es que la renuncia individual no afecta al resto de herederos. Solo a la parte del beneficiario a efectos del ISD. Esto no significa que haya adquirido con anterioridad su parte de la herencia. La aceptación y la renuncia de la herencia tienen el efecto de devolverlas al momento del fallecimiento del causante. Por tanto, los bienes no le han podido pertenecer en ningún momento.

En su lugar, la parte repudiada será repartida al resto de herederos. Serán ellos quienes que se encarguen de tributar lo que corresponde a esa renuncia. En definitiva, los herederos beneficiarios resultantes serán quienes tengan que tributar, tanto por «la herencia original» como por la o las partes repudiadas del resto. Una consecuencia que deberán aceptar si quieren seguir con el proceso.

La Dirección General de Tributos explica que este caso se trata de una ficción jurídica. Esto quiere decir que «se toma por verdadero algo que no lo es o que no existe y se le otorga determinados efectos jurídicos, bien un derecho o  bien una obligación». Además, señala que «tributa el beneficiario de la repudiación, lo cual resulta absolutamente lógico, ya que es en él en quien se manifiesta una capacidad económica, derivada de la adquisición de los bienes repudiados».

Noticias

España es el cuarto país europeo más demandante del derecho al olvido de Google

derecho al olvido

Se cumplen cinco años de la aprobación de una de las peticiones más demandadas por los usuarios de internet: el derecho al olvido. A partir de ese momento, los ciudadanos europeos podían solicitar la eliminación de determinada información personal. Como requisito, debía de ser material «inadecuado, irrelevante o excesivo». Desde entonces, en España ha habido más de 80.000 solicitudes para retirar direcciones.

Los datos del informe de transparencia del buscador más popular del mundo son claros. Google revela que en España se ha reclamado la retirada de 249.376 direcciones. Sin embargo, se han borrado el 37,9% (81.837). Unos números bastante parecidos al total de los europeos, que han conseguido eliminar el 44,6%.

Cada solicitud de derecho al olvido es única

Google dicta que las solicitudes para suprimir URL se evalúan de manera individual y se realiza una revisión «manual». Además, puede darse el caso de que se pida más información al demandante. La consideración de ausencia clara de interés público, contenido de menores y condenas prescritas son algunos de los factores más comunes para la retirada del enlace. La información sensible, como la orientación sexual, raza, religión o afiliación política, también es una razón para aceptar el derecho al olvido.

En contra, el buscador también puede decidir que no retirar las páginas. Para ello, puede alegar soluciones alternativas al cierre, motivos técnicos, direcciones duplicadas o que la información sea de gran interés público. Una consideración muy compleja que es analizada por un equipo de profesionales. Google aclara que puede verse relacionada con la vida profesional del solicitante, con un cargo o papel público o que el contenido sea, en sí mismo,  periodístico o gubernamental.

Los números de los demandantes

Los cinco países europeos que han solicitado un mayor número de cancelaciones son Francia, Alemania, Reino Unido, España e Italia. Ocupando así, nuestro país la cuarta posición. Casi el 90% del total de las reclamaciones provienen de particulares: redes sociales (11,6%), directorios (16,4%), noticias (18,7%) y «varios» (50,9%). En España estos datos varían. Las solicitudes se refieren a sitios web institucionales (10,5%), redes sociales (11,1%), directorios (15,9%), noticias (20,6%) y «varios» (42%).

Noticias

¿Quién es el dueño del coche en caso de divorcio?

coche

En muchas ocasiones, ser el titular del coche no asegura la propiedad del mismo. El destino del vehículo dependerá de cómo se lleva a cabo el procedimiento de separación y si se trata de un bien ganancial o no. Una vez adjudicado, es conveniente realizar el cambio de titularidad en los Registros de la DGT.

La propiedad del coche

Si el divorcio se lleva a cabo de mutuo acuerdo, los cónyuges decidirán quién se queda el coche. De igual manera, se elige el destinatario de la compensación económica. Esto ocurre tanto como si es un bien ganancial como si no lo es, siempre y cuando sea propiedad de ambos.

En situación de desacuerdo, se solicitará la división de la propiedad a través del juzgado, obteniendo la repartición económica tras la venta del bien común.

 

El uso del coche

El uso del vehículo de mutuo acuerdo se deberá dejar acordado mediante un convenio. Si se realiza por la vía contenciosa, el juez será quien decida la adjudicación de la propiedad del vehículo. Para su decisión deberá atender algunas cuestiones, como la custodia de los hijos, quién es el propietario o si es el único coche en la unidad familiar. Si no se llega a un acuerdo, los cónyuges podrán ejercer su uso hasta que el juez decida el beneficiario.

Si alguno de los dos cónyuges no respetara esta situación y se apropiara del coche se le penaliza. Se podrá reclamar la indemnización correspondiente en el momento de la liquidación de gananciales.

 

Para evitar posibles problemas, es conveniente realizar el cambio de titularidad del coche. Tráfico solicita la misma documentación que para cualquier transferencia ordinaria. Sin embargo, deberá ir acompañada del acuerdo de divorcio o separación previamente homologado de manera judicial. No servirá tan solo con las firmas de ambas partes.

Noticias

Más transparencia en las nuevas condiciones en la concesión de de hipotecas

hipotecas

Equidad, profesionalidad y honestidad. Estas son las bases del nuevo Real Decreto de Contrato de Crédito Inmobiliario, que entró en vigor el 1 de mayo, que evitará el conflicto de intereses derivados de la remuneración.
A partir de este momento, aquel asesor que reciba una ventaja o retribución deberá indicar la periocidad y la cuantía exacta. Además tendrá que poder barajar al menos tres ofertas vinculantes de entidades prestamistas.

También se han completado los requisitos para la inscripción en el registro de crédito inmobiliario por la regulación sectorial con el objetivo de garantizar la protección de los ciudadanos.Tendrá la misma transparencia de aquellos productos que puedan contratarse de manera conjunta.

El Banco de España tiene el derecho a establecer normas reguladoras en la forma de acceder a la Central de Información de Riesgos, además de establecerse las condiciones que debe cumplir el aval bancario y su importe mínimo, así como el seguro de responsabilidad civil.

Noticias

Los hijos pueden denunciar a los padres por una foto en Instagram

hijos

En la actualidad, ya existen pronunciamientos judiciales que prohíben la difusión comercial de imágenes de menores. El objetivo es proteger el honor e intimidad en las redes sociales de nuestros hijos.

Los hijos ‘instagramers’

Puede ser, que en un futuro en el que los hijos ya no son menores que venden juguetes en las redes sociales, estos, ya no quieran aparecer en las redes sociales y quieran borrar su imagen. Para ello, Antonio Serrano, CEO de Spartanhack dice que lo mejor es acudir a la ley. Debe ampararse bajo el derecho al olvido del artículo 93.4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

El menor puede demandar a sus padres llegada la mayoría de edad, solicitando una indemnización por daños morales y que se retiren las imágenes tanto en redes sociales públicas como privadas.

Noticias

6 aspectos importantes de la custodia compartida

custodia compartida

Sabemos que en caso de divorcio, si el hombre tiene una denuncia por violencia de género, pedir la custodia compartida es algo que resulta irreal. Sin embargo, existen otros aspectos que debemos tener en cuenta a la hora de pedir una custodia compartida:

  1. Informes psicosociales

 

Cuando la ruptura amistosa no es posible, debe interponerse una demanda de divorcio contencioso, más complicado y costoso que un divorcio de mutuo acuerdo.

Cuando se pelea por la custodia compartida, se suele pedir al juzgado un informe psicosocial. Si este informe es negativo puede hacer que el Juez no nos otorgue la custodia. Sin olvidarnos de que también existen más pruebas y hechos a tener en cuenta en el desarrollo del juicio.

 

  1. Relaciones complicadas entre padres

 

Si la relación entre los padres es desastrosa y no pueden ni verse, es muy difícil que la sentencia dicte una custodia compartida. Se inclinará por una custodia monoparental con un régimen de visitas. Normalmente se inclinan hacia la madre.

 

 

  1. Menores lactantes

 

Cuando en un divorcio hay de por medio bebés que todavía toman el pecho, conseguir la custodia compartida es algo harto complicado.  Al respecto, tanto el Juzgado de Familia, el de Violencia de Género o las diferentes Audiencias Provinciales tienen criterios distintos. Dependerá del caso en concreto.

 

  1. Distancia entre domicilios

 

Vivir en municipios o ciudades distintas significa que no habrá custodia compartida. A no ser que estos municipios se encuentren uno al lado del otro. Si viven distanciados, lo normal es otorgar una custodia monoparental con régimen de visitas cada 15 días y en vacaciones.

 

  1. La pensión de alimentos

 

A veces, los padres piden la custodia compartida por no tener que pasar una pensión. Sin embargo esto no siempre es así, pueden imponer el pago de una pensión a una de las partes si las necesidades del menor lo requieren. Incluso se puede imponer a ambos.

 

  1. Modificación de medidas

 

Los cambios en nuestra vida pueden afectar a la custodia compartida. Es por ello que se puede pedir una modificación de la sentencia en relación con los cambios experimentados, por ejemplo, si nos vemos obligados a cambiar nuestro domicilio por motivos de trabajo. Se pueden solicitar por mutuo acuerdo, o por contencioso.

Noticias

Divorcio ante el Juzgado de Violencia sobre la mujer

Divorcio

Para evitar que se estén tramitando dos procedimientos en paralelo en juzgados diferentes durante un divorcio al que se le suma una demanda, por ejemplo, por violencia de género; se ha estimado que será el Juzgado de Violencia sobra la mujer el que se encargue de la tramitación tanto del divorcio como de la demanda por violencia.

SITUACIONES

Para ello deben producirse estas situaciones. En el punto tercero del artículo 87 ter de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, se establece que:

– Se tiene que estar tratando un procedimiento de filiación, maternidad y paternidad; debemos estar ante un procedimiento de nulidad del matrimonio, separación o divorcio; o en un procedimiento de medidas paterno filiares.

– Alguna de las partes del proceso civil debe ser víctima de violencia de género (sólo pueden ser mujeres).

– Que alguna de las partes sea imputado como autor, inductor o cooperador necesario en la realización de actos de violencia de género.

 Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer actuaciones penales por delito o falta a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer. O que se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género.

Noticias

El Supremo limita el IAJD si cambian las condiciones económicas de una hipoteca

El Tribunal Supremo ha establecido cuándo debe pagarse el controvertido Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en aquellos casos de novaciones hipotecarias, es decir, cuando se modifican las condiciones económicas de una hipoteca. 

Así, ha sentenciado que estas escrituras solo tributarán por el IAJD cuando se puedan elevar a escritura pública o acta notarial, que sean inscribibles en el registro de la propiedad y que el contenido de la cláusula sea valuable.

Igualmente, también cambia la base imponible. El Supremo señala que «la base imponible no sería toda la responsabilidad hipotecaria viva, sino el efecto económico que implica dicha modificación, que es lo que denota la capaciadad económica sometida a tributación». Así, en estos casos, la base imponible debe limitarse al efecto que dicha cláusula tiene.

Fuente: elconfidencial.com

iajd

Noticias

Los periodos de excedencia por cuidado de hijos no se pueden excluir de la incapacidad temporal

excedencia

 

Una trabajadora pidió una excedencia voluntaria para el cuidado de su primer hijos. Después de haberla terminado, a los tres meses se le concedió otra excedencia a causa de un segundo parto. Al final esas excedencias, la trabajadora se incorpora a su puesto de trabajo pero ese mismo día inicia un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común.

La Mutua le negó la prestación por no cumplir 180 días de carencia cotizados. Pero los tribunales le han dado la razón a la trabajadora entendiendo que esa negativa supondría una discriminación indirecta. 

Para ello, los tribunales han establecido que exigir a una mujer que se reincorpora a su puesto de trabajo tras una o dos excedencias consecutivas, que cumplimente de nuevo la cotización de 180 días para acceder a la prestación de IT, supondría penalizarla por su derecho a obtener una excedencia por cuidado de sus hijos. 

información vía: noticias.jurídicas.com

 

Noticias

Tributos adapta su doctrina sobre el Impuesto de Sucesiones para los no residentes

La Dirección General de Tributos (DGT) ha modificado su doctrina con respecto al Impuesto de Sucesiones para las personas no residentes. Reconoce que la normativa de España no respeta el principio de libertad de movimiento de capitales. Esta norma prohibe todas las restricciones de movimientos de capitales entre Estados miembros, Estados no miembros y países terceros. 

Así, señala que no deben excluirse los países terceros que no se encuentren en el Espacio Económico Europeo, estableciendo que el régimen regulado en esta disposición resulta aplicable a todos los no residentes.

Para ello, los afectados deben presentar el ISD por los bienes que adquieran, teniendo en cuenta la normativa aplicada por la Comunidad Autónoma donde residan

Información vía el economista.es

no residentes

Noticias - Sin categoría

Burgos no cobrará plusvalías a aquellos que demuestren pérdidas

aide-abogados-cobrar-plusvalía

Tras vender una propiedad, si se ha perdido dinero con respecto a lo que se pagó por ella no habrá que pagar ningún tributo. Para declarar esto, se podrán presentar escrituras o pruebas periciales que demuestren la disminución del valor de los terrenos.

A finales de la semana pasada el Ayuntamiento de Burgos distribuyó una circular aclarando este problema. Sin embargo, la exención de pagar este tributo afectará a procesos expedientados a partir de junio de 2017.

Noticias

Una sentencia cuestiona los márgenes de los controles de velocidad

aide-abogados-velocidad
Speed limit speed camera sign with cars driving too fast

Un juzgado gallego ha vuelto a cuestionar el margen de error de los controles de velocidad, considerando que no se aplican correctamente a la hora de sancionar a los posibles infractores.
La asociación Automovilistas Europeos Asociados ha interpuesto una denuncia a la DGT acusando de imponer multas con cálculos erróneos con respecto a la herramientas que se utilizan para medir la velocidad de los vehículos.
En 2010 se estableció que el margen de error era del 5% para los radares fijos y del 7% para los móviles. De esta forma, para aquellos que superen los 100 km/h se les debería de aplicar esto márgenes para evitar así que se sancionen a aquellos que no hayan cometido una imprudencia.