Novedad: Trabajadores del hogar y cotizaciones

Novedad: Trabajadores del hogar y cotizaciones

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¿Cuál es la situación laboral de los trabajadores del hogar? Todos los trabajadores y trabajadores del hogar se encuentran en un sistema especial por el que guardan algunas diferencias con otros ciudadanos en aspectos tan importantes como la cotización al organismo que realizan cada mes. Este sector cuenta con condiciones peculiares.

trabajadores del hogar

¿Quieres conocer las bases de cotización?

La clave está en la base de cotización. Esta dependerá de la remuneración de su propio trabajo. Así, se establecen diferentes bases de cotización que se asocian a determinados tramos de remuneración mensual.

  • Para las retribuciones mensuales de hasta 269 euros la base de cotización será de 231 euros al mes.
  • Para las retribuciones mensuales de 269,01 a 418 euros la base de cotización será de 379 euros al mes.
  • Para las retribuciones mensuales de 418,01 a 568 euros la base de cotización será de 528 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 568,01 euros a 718 euros la base de cotización será de 677 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 718,01 euros a 869 euros la base de cotización será de 827 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 869,01 euros a 1.017 euros la base de cotización será de 976 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 1.017,01 euros a 1.166,70 euros la base de cotización será de 1.166,70 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 1,166,71 euros a 1.273 euros la base de cotización será de 1.220 euros mensuales.
  • Para las retribuciones mensuales de 1.273,01 euros a 1.439 euros la base de cotización será de 1.370 euros mensuales.
  • Para las retribuciones iguales o superiores a 1.439,01 euros la base de cotización será la retribución en cuestión.

También existen diferencias respecto a los trabajadores de otros regímenes e incluso con los del Régimen General. Los trabajadores del hogar cotizan por los conceptos de contingencias comunes y contingencias profesionales:

-Las contingencias comunes suponen un 28,3% de la base de cotización, de la cual un 23,6% la asume el empleador y un 4,7% la empleada de hogar.

-Las contingencias profesionales son un 1,5% de la base de cotización y se asumen en su totalidad por parte del empresario.

En los próximos meses, su cotización cambiará debido a la ratificación por parte del Congreso de los Diputados del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, por el que se reconoce el derecho de estas trabajadoras a cobrar prestaciones contributivas por desempleo.

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