Despido por burofax a un transportista por anunciar el futuro nacimiento de su hijo

Despido por burofax a un empleado por anunciar el futuro nacimiento de su hijo

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despido por el nacimiento de su hijo

Durante la pandemia, un empleado transportista gallego comunicó a la empresa el estado de gestación de su mujer. La compañía decidió despedirle ese mismo día, mediante burofax, que le envió dos días después.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) declaró nulo el despido del trabajador al considerar que fue dado de baja por ser padre y condena a la compañía a su «inmediata readmisión» en las mismas condiciones laborales que tenía. Además, indica que la empresa le trató «de manera menos favorable» por uno de los supuestos protegidos, como es el parto o nacimiento del hijo. La causa del despido fue el parto de su mujer y de todas las consecuencias que se podrían derivar del mismo.

Se declara nulo el despido a todos sus efectos

Ante este desacierto, la empresa deberá pagarle los salarios que dejó de percibir desde entonces y hasta su efectiva reincorporación al puesto de trabajo, y abonarle por daño moral 6.251 euros.

El órgano judicial gallego entiende que se produjo un despido por «discriminación refleja», es decir, que «se vulneró el derecho del recurrente a la igualdad y a no sufrir discriminación por razón de sexo (embarazo), dado que le sería proyectable -indirectamente- la protección otorgada por el artículo 55.5 del estatuto de los trabajadores».

 

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