¿Qué es un testamento ológrafo? - Aide Abogados y Consultores, Despacho en Burgos

¿Qué es un testamento ológrafo?

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Herencias y sucesiones

testamento ológrafo

Nuestra ley aplica diferentes posibilidades de transmitir los bienes de un difunto a sus herederos. Lo más habitual es hacerlo a través de un testamento, pero si este no existe entran en juego las reglas de la sucesión.

Como hemos explicado en otras ocasiones, otorgar testamento supone una serie de ventajas como repartir los bienes de forma que estime oportuna el testador o una importante simplificación de trámites para los herederos.

Sin embargo, existen diferentes tipos de testamentos. Uno de ellos es el testamento ológrafo, y cuyas peculiaridades suelen ser desconocidas.

Por eso, en AIDE Abogados especialistas en herencias y sucesiones en Burgos, hoy os vamos a explicar sus características.

 

¿Qué requisitos debe cumplir el testamento ológrafo?

El testamento ológrafo es aquel que está escrito del puño y letra del testador y que no ha sido verificado legalmente, lo que se tiene que hacer posteriormente a su fallecimiento.

Para poder ser otorgado este testamento tiene que cumplir los siguientes puntos:

  • Solo puede ser otorgado por personas mayores de edad. Aunque para testar se puede hacer a partir de 14 años, este testamento solo se acepta en personas mayores de 18 años.
  • Para considerarse a tales efectos, debe estar escrito a mano con bolígrafo o pluma (no vale a máquina, ordenador, etc.), y firmado por el testador. La firma es un elemento indispensable, señalado así en el Código Civil, para que pueda validarse posteriormente. No se admite que firme un testigo del testador en su nombre, debe ser su propia firma. Y basta con que se firme al final del documento, no hace falta rubricar cada página del testamento.
  • Además, también debe estar expresado el día, el mes y el año en que se otorgue. La falta de fecha, es un motivo de nulidad del testamento.
  • Si contuviera palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, las salvará el propio testador bajo su firma.
  • Por otro lado, en la redacción del texto debe aparecer manifiesta la voluntad del testador de estar otorgando testamento.

Tras ver estos requisitos, puede resultar una forma sencilla de hacer testamento. Pero lo cierto es que, al validarse después de la muerte, no es un método muy eficaz. Y es que, antes de que el testador fallezca, puede perderse, romperse, o no llegar a su destinatario. Si esto ocurriese, no existiría testamento y, por tanto, pasarían a aplicarse el orden de sucesión.

testamento ológrafo

 

¿Cómo pueden validarlo los herederos?

El testador puede guardar el testamento en un lugar fácil de encontrar o dejárselo custodiado a algún heredero.

Para verificar y protocolarizar el testamento, este deberá presentarse ante Notario en un plazo de cinco años desde la muerte del testador.

Después de su defunción, la persona que lo custodie tiene un plazo de 10 días para presentarlo ante Notario. De no ser así, puede ser responder por daños y perjuicios que se causen por la demora. Además de la persona custodia, también pueden presentar el testamento los herederos, legatarios o albaceas.

El Notario competente donde deberá hacerse la presentación del testamento será aquel en donde el fallecido hubiera residido o donde tuviera la mayor parte del patrimonio.

Una vez que se presenta el testamento, el notario pasará a la verificación del mismo (adveración). Para este proceso, se llamará a tres testigos cercanos al fallecido, para que verifiquen que la letra y la firma del testamento pertenecen al difunto.

A falta de testigos o si estos dudan, el Notario podrá pedir una una prueba pericial caligráfica.

Si el Notario considera que el testamento es válido, procederá a aprobar el acta de protocolarización en la que hará constar las actuaciones realizadas y se pondrán en marcha los trámites para otorgar la herencia.

En caso de que el Notario no pueda verificar la identidad del testador en el testamento ológrafo, denegará la protocolarización. Dada esta situación, los herederos pueden acudir a la vía judicial para presentar su disconformidad. Pero si de ninguna manera se consigue verificar, el testamento se declarará como nulo, lo que significa que no existe y, por tanto, se aplicarán las reglas de sucesión intestada para repartir la herencia.

En AIDE Abogados somos expertos en sucesiones y herencias en Burgos y estamos a tu disposición para ayudarte en cualquier tema relacionado con los testamentos.

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