¿Cómo funciona el reparto de una herencia? - AIDE Abogados

¿Cómo funciona el reparto de una herencia?

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Herencias y sucesiones

reparto de una herencia

En la actualidad, el tema de las herencias es muy recurrente, puesto que cada vez es más habitual la renuncia de las herencias debido al alto coste, en ciertas comunidades autónomas, del impuesto de sucesiones que hay que pagar para recibirla.

Por otro lado, también genera cierta controversia la manera en la que se ha de repartir una herencia. Y es que, el testador no cuenta con mucha libertad para decidir a quién entregar sus bienes. En España la ley regula esta repartición, favoreciendo especialmente a todos los descendientes y a la familia consanguínea.

Por eso, es importante conocer cómo funciona el reparto de una herencia para realizar el testamento o comprender la forma en la que el difunto decidió distribuir su patrimonio. En AIDE Abogados de herencias en Burgos, te explicamos este proceso.

 

La división de una herencia, ¿cómo se reparte?

En nuestro país, la herencia se divide en tres partes que son iguales entre sí:

1. La legítima

Corresponde a un tercio de la herencia y es la cantidad mínima que, por ley, se tiene que entregar a los llamados herederos forzosos (hijos y descendientes o, en su defecto, padres y ascendientes directos o, el viudo o la viuda). En el caso de que exista más de un heredero forzoso, esta parte de la herencia se tiene que repartir a partes iguales entre todos los que existan.

2. La mejora

Es lo que se conoce como mejora de la legítima. Si esta parte queda expresada en el testamento, será porque uno de los herederos recibirá más bienes del difunto. De esta forma, la ley permite al testador, si lo desea, ampliar la herencia de alguno de sus beneficiarios. Aunque si no queda expresado en el testamento, esta parte se repartirá de forma equitativa entre todos los herederos recibiendo así, cada uno, dos tercios de los bienes.

3. Libre disposición

Se trata de un tercio de la herencia que el testador puede entregar a quien lo desee. La ley permite que esta parte de los bienes, pueda ser cedida, en parte o en su totalidad, a cualquier persona que sea o no familiar directo o a alguna asociación o entidad. Queda a libre disposición del testador, como su propio nombre indica.

reparto de una herencia

El orden de sucesión

  • Los hijos y descendientes son los primeros que se beneficiarían de la herencia. Así, no se diferencia entre si son hijos naturales o adoptivos, o matrimoniales o no matrimoniales.
  • Como decíamos en el caso de que la persona fallecida no tenga descendientes, la legítima, o toda la herencia si no ha realizado testamento, pasaría a sus padres o a sus abuelos.
  • A falta de ascendientes de ningún tipo, al viudo o la viuda será a quien le corresponda la herencia. Eso sí según como quede establecido legalmente.
  • A continuación, los siguientes en la línea sucesoria son parientes colaterales, es decir, los hermanos y sobrinos. Si faltan, serán los tíos y si no, los primos.
  • Si no existen más familiares después de todos los citados, la herencia pasará a manos del Estado.

 

¿Se puede desheredar?

Como hemos visto, la ley regula que una parte del testamento tiene que pasar a los herederos por obligación. En el caso de que el testador no haya depositado sus últimas voluntades, todo el patrimonio será de sus herederos más cercanos. Pero ahora bien, ¿existe alguna posibilidad de desheredar?

Aunque sea una cuestión difícil de decidir, puede ocurrir que una persona no quiera transmitir parte de sus bienes a alguno de sus herederos por cuestiones afectivas.

Supongamos que el testador tiene dos hijos y uno de ellos se ha portado mal o no ha estado con él sus últimos años de vida. Así, el transmisor decide que no quiere dejarle nada de su herencia. Pero esto no es posible.

Las cuestiones afectivas no son una prueba factible para que una persona desherede a otra, por eso es tan difícil que se produzca esta situación. Pero no imposible.

 

Casos en los que se puede desheredar

La ley recoge una serie de casos graves por lo que sí es posible desheredar a un hijo o a un heredero legítimo. Son las siguientes:

  • reparto de una herenciaPor haber negado sin motivo legítimo los alimentos al padre o el ascendiente que le deshereda.
  • Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
  • Aquel heredero forzoso que haya sido condenado a juicio por atentar con la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, perderá su derecho a la legítima.
  • También, el que hubiese acusado al testador de delito siempre que sea presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
  • Igualmente, aquel que, con amenaza, violencia o fraude, obligase al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
  • Por último, el que por los mismos medios impidiera hacer otro testamento, revocar el que tuviese hecho, suplantase, ocultase o alterase otro posterior.

La desheredación supone que esta persona se queda sin la legítima. Pero no es privativo de sus descendientes, quienes conservan los derechos de los herederos forzosos.

Si no se cumplen estas razones, el testador no podrá desheredar. La única solución posible es que en el testamento quede expresado que entrega la mínima parte a ese heredero y los demás obtengan más beneficios.

Si tienes alguna duda, en AIDE somos abogados especialistas en herencias en Burgos, ¡no dudes en consultarnos!

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