¿Puedo desheredar a mi hijo? - Aide Abogados y Consultores, Despacho en Burgos

¿Puedo desheredar a mi hijo?

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Herencias y sucesiones

 

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Nuestro Código Civil común establece que tras el fallecimiento de una persona, parte de sus bienes se reservan para unos determinados sujetos: los herederos forzosos. Siendo estos los descendientes, ascendientes y cónyuge. Esa parte reservada se llama legítima.

No obstante, hay determinados casos en los que la Ley permite la desheredación. Por tanto, una persona tiene la posibilidad de privar de la condición de heredero a uno de sus herederos forzosos y de la legitima. La desheredación se lleva acabo mediante testamento. Es decir, una persona priva a su heredero forzoso de sus derechos hereditarios estipulándolo en el momento en el que otorga testamento.

Aunque el efecto pueda ser coincidente, la figura de la desheredación no debe confundirse con la indignidad. Suponiendo esta última, la incapacidad para heredar de la persona sobre la que es indigno, puesto que, en esta figura, son el resto de los herederos quienes, considerando que el otro ha incurrido en causa de indignidad, tratan de privarle de la herencia. En el blog de Aide Abogados, te contamos los casos en los que se puede desheredar.

¿Cuándo un padre puede desheredar a sus hijos?

– Cuando, en caso de estar obligado por necesidad, un hijo niegue a su padre sin motivo legítimo los alimentos.

-Cuando haya sido maltratado o injuriado gravemente de palabra por este.

¿Cuándo un hijo puede desheredar a su padre?

-Los hijos hayan sido abandonados, prostituidos o corrompidos por sus padres.

-En una situación de pérdida la patria potestad por parte del padre.

-Cuando, en caso de estar obligado por necesidad, un padre niegue a su hijo sin motivo legítimo.

-En el caso de que uno de los padres haya atentado contra la vida del otro. Siempre que no haya habido reconciliación entre ellos.

¿Cuándo se puede desheredar al cónyuge?

-Cuando haya incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.

-En los casos en los que haya sido privado de la patria potestad de los hijos en común.

-Situaciones en las que se haya negado alimentos al otro cónyuge.

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Además, es posible desheredar a todo heredero con independencia del parentesco, que:

-Fuera condenado a juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.

-Hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor. La acusación tiene que ser declarada calumniosa.

-Con amenaza, fraude o violencia, se obligare al testador a hacer testamento o cambiarlo.

-Asimismo, si impidiera hacer otro testamento, revocar el que tuviera hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

¿Qué sucede si una persona es desheredada por otra en su testamento?

En el caso de que una persona sea desheredada por otra en su testamento, el desheredado pierde su derecho a la legítima. En ningún caso, a las donaciones recibidas en vida, las cuales tienen sus propias causas de revocación.

Si el desheredado niega la concurrencia de la causa en la que se fundamenta su desheredación, deberá ejercitar acciones judiciales para acreditar la inexistencia de dicha causa que le pueda privar de sus derechos hereditarios.

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