Cómo se reparte la herencia de vivienda entre hermanos

Cómo se reparte la herencia de vivienda entre hermanos

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Herencias y sucesiones

herencia de vivienda

Las herencias pueden convertirse en grandes quebraderos de cabeza. Sobre todo si el único bien a repartir es la herencia de vivienda entre hermanos. Por ello, se recomienda que se haga de forma equitativa para evitar posibles problemas en el futuro. Ahora bien, la decisión sobre el bien inmobiliario pasa a los nuevos herederos. Tienen que decidir qué hacer ante la herencia de vivienda que han recibido de sus padres.

Puede ocurrir que los herederos no estén de acuerdo con la copropiedad del bien. Alguna de las partes puede querer vender la vivienda, otros conservarla, o simplemente querer vender la totalidad del bien común. Por ello, en el blog de Aide Abogados te ayudamos a resolver estas situaciones y te contamos cómo se reparte la herencia de vivienda entre hermanos. Si necesitas asesoramiento para resolver casos de herencias, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Decisiones en la herencia de vivienda entre hermanos

En la mayoría de los casos, la herencia queda repartida de manera de que a cada hermano le pertenece una parte proporcional de la vivienda. Una especie de porcentaje abstracto, ya que se trata un bien indivisible. Es decir, si son dos hermanos, cada uno tendría el 50% de la propiedad, si son cuatro, un 25%, etc. Este derecho a la propiedad de un bien se conoce como proindiviso, copropiedad o comunidad de bienes.

Hay que tener claro que para vender la totalidad de la vivienda es necesario contar con el consentimiento del resto de las partes. Sin embargo, si uno de los hermanos desea vender su parte del bien inmueble, puede hacerlo. Pero es necesario hacer un inciso. El resto de coherederos tienen un derecho preferente de adquisición de la parte de la vivienda puesta a la venta.

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Si antes de la partición, la venta de esa parte de la herencia se realiza a un extraño, alguna o todas las partes pueden subrogarse en el lugar del comprador. La única condición es que, en el caso de hacerlo, tendrán que rembolsar el coste al comprador no coheredero. Para ello, hay un plazo de un mes desde el momento en el que tengan conocimiento de la venta.

En definitiva, si uno de los hermanos quiere la totalidad de la propiedad la vivienda, puede comprar la parte de sus hermanos. Asimismo, la vivienda puede ser vendida y el dinero obtenido repartido entre todos los hermanos. Sin embargo, las partes propietarias pueden no llegar a un acuerdo y tener que optar por la vía judicial.

División judicial de la cosa común

Para optar por la división de la cosa común, basta con que uno de los hermanos solicite la venta de la vivienda. El código civil establece que nadie está obligado a permanecer en la copropiedad. Como se trata de un bien indivisible, se realizará una división económica. En este caso caben dos posibilidades. La primera es que el bien hereditario se adjudique a uno de los hermanos y, por tanto, indemnizar con la cantidad correspondiente al resto. La segunda es la venta completa de la vivienda repartiendo el dinero.

También se puede vender la vivienda a través de una subasta pública en la que puede participar cualquier persona o empresa. Para ello, es necesario presentar, previamente, una demanda de división de cosa común en el juzgado correspondiente. El precio de salida se determina, previamente, por la tasación de un profesional. Sin embargo, no suele ser la mejor opción. La subasta ocasiona más gastos y perjuicio a los herederos.

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