¿Cuándo se tiene derecho a la pensión compensatoria? - AIDE Abogados

¿Cuándo se tiene derecho a la pensión compensatoria?

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pensión compensatoria

Cuando una pareja se divorcia o se separa, uno de los temas que preocupan a los ex cónyuges es su situación económica a partir de ese momento. Es común que uno de los miembros de la pareja quede en desequilibrio económico con respecto al otro y ante esta situación se pregunte si tiene derecho o no a la llamada pensión compensatoria.

La pensión compensatoria es el derecho que tiene el cónyuge al que la separación o el divorcio le produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro.

Este derecho consiste en recibir una prestación económica del otro cónyuge. Pero para ello, hay que cumplir ciertos requisitos. Hoy en AIDE Abogados, especialistas en derecho de familia en Burgos, te explicamos este procedimiento.

 

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Pensión compensatoria: requisitos para solicitarla

Lo primero que hay que tener en cuenta es que si a raíz de una separación o divorcio matrimonial, uno de los cónyuges queda en situación de desequilibrio económico, en relación con la que tenía durante la vigencia del matrimonio, puede darse el caso de concesión de pensión compensatoria.

Si no se establece de mutuo acuerdo, el cónyuge que pretenda ser beneficiario de la misma deberá solicitarla judicialmente.

Una vez recibida esa petición será el Juez será quien determine si, en el momento del divorcio o separación, existe desequilibrio económico, así como la cantidad y duración temporal de la pensión, que generalmente será limitada en el tiempo.

En este sentido, el establecimiento de pensiones compensatorias vitalicias quedará solo para situaciones excepcionales (edad avanzada, estado de salud, no acceso a pensión de jubilación, etc…).

 

¿Cómo calcular la cuantía de la pensión compensatoria?

Para calcular el importe y duración de la pensión compensatoria el juez valorará las siguientes circunstancias que se recogen en el art. 97 del Código Civil:

  1. El acuerdo al que hubiese llegado los cónyuges.
  2. Su edad y estado de salud.
  3. La cualificación profesiones y las posibilidades de encontrar empleo.
  4. La dedicación tanto pasada como futura a la familia.
  5. La colaboración con su trabajo en actividades mercantiles, profesionales o industriales del otro cónyuge.
  6. La duración del matrimonio y la convivencia.
  7. La pérdida eventual de un derecho de pensión.
  8. Los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
  9. Cualquier otra circunstancia relevante.

Así, según determine la sentencia o el convenio regulador, se puede establecer una pensión temporal, por tiempo indefinido o en única prestación (que puede ser en bienes o en capital). También se establecerá la periodicidad y la forma de pago, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad.

 

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¿Se puede modificar la pensión compensatoria?

Una vez establecida definitivamente la pensión por el Tribunal, esta nunca se va a poder modificar al alza, dado que el momento que se tuvo en cuenta para determinar el desequilibrio fue la fecha del divorcio o de la separación y no otro posterior. Sin embargo, si la situación de desequilibrio económico se ve modificada con el paso de los años, el juez puede modificarla a la baja o incluso extinguirla

Alguna de las causas para que se decida retirar la pensión compensatoria son las siguientes:

  • Si la situación del miembro de la pareja que tiene el desequilibrio económico cambia radicalmente y ya no necesita esa compensación. Por ejemplo, porque se han producido alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge, que hagan desaparecer la situación de desequilibrio observada en su día.
  • En el caso de que el beneficiario decida renunciar a ella.
  • En el caso de que el beneficiario de la pensión contraiga nuevo matrimonio o conviva maritalmente cono otra persona.

Por el contrario, si el deudor fallece, la pensión compensatoria no se extingue, sino que la obligación de pagar la compensación económica recae sobre sus herederos, pudiendo los herederos solicitar judicialmente su reducción o supresión, si el caudal hereditario no alcanzara a satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a los derechos de la legítima hereditaria.

Como ves, la pensión compensatoria es un tema bastante común en los matrimonios separados o divorciados. Si necesitas ayuda o consejo en esta materia no dudes en contactar con nosotros. Somos expertos en derecho de familia y estamos para ayudarte.

 

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