¿Los interinos tienen derecho a indemnización? - Aide Abogados y Consultores, Despacho en Burgos

¿Los interinos tienen derecho a indemnización?

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Fin a otra polémica. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha posicionado en la sentencia del caso Diego Porras, en el que una interina reclamó una indemnización y fue respaldada. Una decisión de la justicia europea que desencadenó incertidumbre en el mercado laboral de nuestro país. Pues bien, el TJUE ha rectificado. Por tanto, los empleados interinos no tienen derecho a indemnización.

Derecho a indemnización del personal laboral fijo

De esta manera, se posiciona junto a la norma española. Ratifica que, en ningún caso, el Tribunal Supremo español «opera con diferencia de trato entre trabajadores de contratos fijos y duración determinada». Concluye que los trabajadores que realizan su actividad laboral, como personal fijo, si tienen derecho a indemnización en la extinción del contrato.

Esta se calcularía de acuerdo al Estatuto de los Trabajadores. Se establece que «el abono de la indemnización legal equivalente a 20 días de salario por año de servicio del empleado». Una norma independiente de la duración del contrato laboral. Es decir, es aplicable tanto a las relaciones laborales indefinidas como a las de duración determinada.

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