Vacaciones: cuándo y cuántos días le corresponden a un trabajador

Vacaciones: cuándo y cuántos días le corresponden a un trabajador

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Una de las épocas más deseadas del año ha comenzado: las vacaciones. Los días de descanso y desconexión del ámbito laboral son fundamentales después de tantas horas de trabajo. Sin embargo, todavía sigue habiendo muchas dudas en torno a dos preguntas, cuándo y cuántos días le corresponden al trabajador. En Aide Abogados damos la respuesta a cada caso.

Las vacaciones anuales es un tema que está abierto a la interpretación y, por tanto, al conflicto. Cabe destacar que si no se cumplen los límites legales o pactados, supondrá una infracción grave para la empresa -multa de hasta 6.250 euros-. Este periodo se regula en el Estatuto de los Trabajadores y establece 30 días naturales de vacaciones, como mínimo. Puede variar ya que se rige por el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.

Duración del periodo vacacional

Días laborables o naturales: El convenio puede fijar la duración de las vacaciones en días laborables -no se tiene en cuenta los sábados, los domingos y los festivos-, o en días naturales -sí se computan-.

Días por mes trabajado: Si el convenio marca 30 días naturales como vacaciones, al trabajador le pertenecen 2,5 días de vacaciones por mes trabajado. Si  lo establece en 22 días laborales, 1,8 días por mes trabajado.

Los trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada, tienen derecho al mismo número días de vacaciones que los empleados a tiempo completo. Lo único que cambia es la retribución, que será proporcional a cada jornada -durante este periodo se cobra la misma cantidad-. Además, su comienzo debe establecerse en un día laborable. Nunca en un día festivo o inhábil.

Fecha de las vacaciones

Lo más común es que la empresa establezca un calendario anual de vacaciones. La selección de los días de disfrute, deberán elegirse de mutuo acuerdo con el empresario. Quien debe dar a conocer a sus trabajadores la fecha exacta con al menos dos meses de antelación. Una respuesta que debe ser respetada por el empleado, sino puede ser despedido o sancionado disciplinariamente.

En algunas ocasiones, se puede modificar la fecha del periodo vacacional ya acordada sin perjuicio alguno para ninguna de las dos partes. Hay dos situaciones posibles:

Por parte de la empresa: solo se debe hacer por causas excepcionalmente graves. Tendrán que ser demostrables.
Por parte del trabajador: solo será aceptado si no supone ningún perjuicio para la empresa.

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