Prestaciones familiares y vivir fuera de España ¿Qué dice el TJUE?

Prestaciones familiares y vivir fuera de España ¿Qué dice el TJUE?

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A principios de agosto de este mismo año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que un ciudadano de la Unión Europea con residencian en otro Estado miembro tiene todo el derecho a beneficiarse de las prestaciones familiares durante los tres primeros meses de su estancia. Este derecho se incluye incluso sin estar recibiendo otros ingresos en el país residente. En único caso que se rechazaría esta prestación es cuando esta marcha no entra dentro de la legalidad. En ese caso el ciudadano no puede beneficiarse del principio de igualdad de trato.

Sentencia

El caso por el que se juntó la corte europea lo protagoniza un ciudadano europeo residente en Alemania y originario de otro Estado miembro. Este presentó ante el tribunal germano un recurso que fue rechazado por las Agencias Federales de Empleo de Baja Sajonia y Bremen. Las autoridades de empleo alemanas alegaron que el solicitante no cumplía con las condiciones ya que no había percibido ningún ingreso durante ese periodo. Con este requisito el legislador alemán trataba evitar una afluencia de ciudadanos de otros Estados miembros que generara una carga extra a la seguridad social alemana.

La corte europea por su parte recalca que todo ciudadano que cumpla las condiciones de residencia tiene derecho a recibir tal prestación incluso sin recibir ingresos en ese periodo.

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