La pérdida de la personalidad jurídica implica seguir respondiendo las deudas

La pérdida de la personalidad jurídica implica seguir respondiendo las deudas

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El Tribunal Supremo  ha reconocido la personalidad jurídica de las empresas después de su disolución ante la reclamación de deudas pendientes. Así, la Sala establece que la escritura inscrita de extinción de una sociedad implica la pérdida de la personalidad jurídica pero se mantiene frente a reclamaciones pendientes «basadas en pasivos sobrevenidos». 

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