La madre tiene el derecho de la vivienda del progenitor hasta la emancipación de los hijos

La madre tiene el derecho de la vivienda del progenitor hasta la emancipación de los hijos

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Cuando estamos frente a un caso de divorcio en el que la madre tiene la custodia de los hijos, la vivienda se les atribuye directamente hasta que estos se emancipen, independientemente de que se trate de un inmueble privativo del padre. Así lo ha estimado el Tribunal Supremo, quien, además, ha recalcado que no se puede limitar en tiempo la atribución del uso de la vivienda familiar.

La sentencia

Esta polémica se desató por un hecho basado en una historia real. La novedad de esta sentencia es que la vivienda es un bien privativo del marido. En este caso, ella carece de trabajo y de bienes y la Audiencia ha decidido que por encima de los intereses del marido están los de los menores, que tengan un domicilio fijo y continuado.

Los hechos comenzaron cuando el Juzgado de Primera Instancia resolvió la sentencia declarando la disolución del vínculo matrimonial y atribuyó el uso de la vivienda familiar a la madre y a los hijos comunes durante dos años, debiendo asumir ella el pago de los suministros ordinarios y gastos de comunidad.

Esta sentencia es recurrida en apelación por ambos cónyuges. Por un lado, el esposo solicita que, en el caso de atribuirle la sentencia exclusiva a la madre, el uso de la vivienda para ella y los hijos fuera exclusivamente por un tiempo de seis meses. Por otro lado, la mujer reclama que el uso de la vivienda familiar sea hasta que estos se emancipen.

Finalmente, el Supremo ha dado la razón a la madre, ya que la progenitora necesita tiempo para poder acceder al mercado laboral y obtener ingresos propios.

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