Reabierto el debate sobre Ley de la Eutanasia y sus límites

Reabierto el debate sobre Ley de la Eutanasia y sus límites

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Ley de la Eutanasia

La reciente publicación de la Ley Orgánica 3/2021, conocida como Ley de la Eutanasia, ha reabierto el debate sobre la ordenación digna de la propia muerte y sus límites.

Los frecuentes casos en los que una persona se halla en situación crítica con imposibilidad de tomar decisiones por sí misma hacen más que conveniente informar cuales han de ser las pautas a seguir de los allegados a la hora de tomar decisiones en su nombre. La responsabilidad que estos asumen es más llevadera si existen indicaciones previas, y más ahora, como consecuencia de la ampliación de posibilidades que la nueva ley realiza, y ello en orden a evitar la posible vulneración de la intimidad, integridad y dignidad de la persona permitiendo la eutanasia.

Testamento vital

Actualmente, la propia persona puede determinar, dentro de los límites que establece la normativa, tanto si quiere o no que se le aplique la eutanasia, la forma de prestación de la asistencia médica en los momentos finales de su vida, como el destino que haya de darse al cuerpo después del fallecimiento. Todo ello iría incluido en el documento conocido como “testamento vital” o “documento de voluntades anticipadas”; gracias a él, la persona puede ejercer con plenitud su libertad de decisión.

Y si bien es cierto que las distintas legislaciones reguladoras de las voluntades anticipadas que coexisten en España prevén la posibilidad de hacerlo en documento privado ante testigos, lo cierto es que en este caso, dada la importancia del objeto de aquellas, es conveniente acudir al notario, profesional que asesora y autoriza un documento público, con total garantía y máxima información.

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