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	<title>Aide abogados</title>
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		<title>Las separadas piden garantías para las más vulnerables</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Apr 2011 15:59:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La sentencia del Tribunal Supremo de dividir, tras el divorcio, el pago de la hipoteca al 50% entre los cónyuges ha sido recibida con escepticismo por las asociaciones, abogados y expertos del sector. La mayoría aplaude la sentencia y la tilda de &#8220;justa&#8221; y &#8220;lógica&#8221;, pero, especialmente entre las mujeres, hay un temor a que, sobre todo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La sentencia del Tribunal Supremo de dividir, tras el divorcio, el pago de la hipoteca al 50% entre los cónyuges ha sido recibida con escepticismo por las asociaciones, abogados y expertos del sector. La mayoría aplaude la sentencia y la tilda de &#8220;justa&#8221; y &#8220;lógica&#8221;, pero, especialmente entre las mujeres, hay un temor a que, sobre todo las de clase baja, no puedan hacer frente al gasto. En concreto, se refieren a &#8220;las mujeres que han renunciado a trabajar para cuidar de sus hijos o del hogar&#8221;, en palabras de la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro.</p>
<p>&#8220;En la mayoría de las parejas hay una situación de gran desequilibrio económico entre el marido y la mujer&#8221;, apunta Besteiro. Además de las que renunciaron a trabajar hace décadas, otras rechazaron promocionar profesionalmente u optaron por empleos a jornada partida.</p>
<div>
<p>Los expertos tildan de &#8220;lógica&#8221; y &#8220;justa&#8221; la sentencia del Alto Tribunal</p>
</div>
<p>La clave para estas mujeres (en la mayoría de los casos son ellas las que se encuentran en una situación más vulnerable, pero también hay hombres afectados) se encuentra en la &#8220;pensión compensatoria&#8221;, que pueden dictar los jueces para mitigar el impacto del pago del 50% de la hipoteca.</p>
<p>Es una fórmula parecida a la pensión alimenticia que se establece cuando uno se queda con la custodia de los hijos. Cuando los jueces optan por la pensión compensatoria, el peso económico vuelve a recaeren el cónyuge divorciado que tiene más poder adquisitivo. Según el sindicato UGT, Españaes uno de los países de Europa con la brecha salarial más grande: las mujeres cobran el 78,1% del sueldo de un hombre por idénticos trabajos.</p>
<p>&#8220;El riesgo de la compensatoria se encuentra en que es habitual el impago de las pensiones&#8221;, reclama la presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas. Ana María Pérez del Campo. En este sentido, Besteiro pide un mecanismo para evaluar económicamente las aportaciones al cuidado de la familia y las labores domésticas.</p>
<div>
<p>El Supremo ha dictado que, tras la separación, la casa se abonará a medias</p>
</div>
<p>En los casos de impago, el jurista y profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha Francisco Fernández recuerda que, al superar los dos meses seguidos o cuatro intermitentes de incumplimiento, se incurre en delito. Pero haya o no condena, es a la mujer a la que le tocaría interponer una nueva denuncia contra su ex- pareja por impago y asumir su parte de hipoteca hasta la nueva sentencia. Sin embargo, Fernández recuerda que, al margen de estas situaciones, la sentencia del Supremo es &#8220;lógica y positiva&#8221; e incentiva el acceso de la mujer al mercado de trabajo.</p>
<h3>Jurisprudencia</h3>
<p>Al ser la segunda sentencia del Supremo (el Alto Tribunal dictó otra similar el 5 de noviembre de 2008), el texto sienta jurisprudencia: los abogados ya no tendrán que apelar a la primera para reclamar el 50%, sino que se establecerá automáticamente, al igual que &#8221;las deudas de la primera comunión, la compra de un ordenador, un coche o un local comercial&#8221;, explica Susana Moya, abogada y vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.</p>
<p>No obstante, antes de estas sentencias, &#8220;el 50% ya era habitual, salvo cuando el juzgado determinaba que uno de los dos tiene muchos más fondos&#8221;, añade Ángela Cerrillos, de la Asociación de mujeres juristas Themis. Cerrillos reclama fortalecer las garantías de la pensión compensatoria cuando las divorciadas carezcan de dinero.</p>
<p>Hay casos como el de Francisco Rodríguez, divorciado y portavoz de Padres y Madres en Acción, que pasó cuatro años pagando el 100% de la hipoteca. &#8220;No es justo que te divorcies, sigas pagando la casa y tú no puedas usarla, pero otra persona sí&#8221;, reclama. Rodríguez es partidario de que los bienes se vendan tras el divorcio. Y pone el ejemplo de Suecia: &#8220;Por ley, se vende la casa y se establece una custodia compartida de los hijos&#8221;.</p>
<p>El abogado Luis Zarraluqui reclama más flexibilidad y estudiar caso por caso. Zarraluqui pide que el propio juez pueda &#8220;obligar a vender la casa&#8221;, pero que no se haga de forma sistemática.</p>
<p><a href="http://www.publico.es/espana/372966/las-separadas-piden-garantias-para-las-mas-vulnerables" target="_blank">publico.es</a></p>
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		<title>El pago a medias de la hipoteca protegerá al conyuge más indefenso</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Apr 2011 15:54:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Dicen los expertos que la histórica sentencia del Tribunal Supremo, que permitirá a un divorciado valenciano, Javier Medina, pasar de pagar del 80 al 50 por ciento de la hipoteca de la vivienda que compró a medias con su ex mujer, no dejará indefensa a la parte con menos recursos. «Nuestra audiencia (Valencia) siempre ha [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Dicen los expertos que la histórica sentencia del Tribunal Supremo, que permitirá a un divorciado valenciano, Javier Medina, pasar de pagar del 80 al 50 por ciento de la hipoteca de la vivienda que compró a medias con su ex mujer, no dejará indefensa a la parte con menos recursos.<br />
«Nuestra audiencia (Valencia) siempre ha sido proclive a que las hipotecas se pagasen a medias y sólo se variaba en alguna situación escepcional para proteger al cónyuge más perjudicado. Este desequilibrio quedaba compensado porque la vivienda de los dos genera un derecho de reintegro que permite actualizarlo», explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.<br />
El valor de esta sentencia no es por ser la primera sino que, al fin, crea jurisprudencia. «Lo más positivo es que va a unificar la doctrina a aplicar en este tipo de asuntos. No es la primera sentencia del Supremo: ya hubo una con fecha de noviembre de 2008 que, al ser la única hasta ahora, sólo tenía el valor de un precedente, y el Código Civil exige que hayan sentencias de modo reiterado para crear la doctrina que deben aplicar todos los tribunales», destaca Pedro Viguer, el juez decano.<br />
La sentencia que admite el recurso de Javier Medina es «totalmente injusta» a ojos de su ex mujer, Paloma Fernández Calatayud. «Él presume y dice que se siente orgulloso, como abogado, de haber ganado este recurso, pero lo consigue porque yo ya no puedo costearme un abogado y llega al Supremo sin oposición».<br />
Fernández asegura que ella, «una mileurista», no puede hacerse cargo de la mitad de «una hipoteca de unos 800 euros». Y recuerda que su exmarido prosperó como abogado «con un despacho en Cirilo Amorós, con cuatro plazas de garaje y dos caballos que le cuestan 1.200 euros al mes» porque ella se sacrificó, abandonó su trabajo y se dedicó a cuidar de la casa y de sus hijos. «Ahora, además, paga 700 euros de pensión alimenticia pero no nos pasa absolutamente nada para los extras de los niños, y, como le dijo a su propio hijo, quiere que nos quedemos en la calle».</p>
<p><a href="http://www.lasprovincias.es/v/20110427/comunitat/pago-medias-hipoteca-protegera-20110427.html" target="_blank">lasprovincias.es</a></p>
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		<title>La sentencia del supremo sólo afecta al nombre de la titulación</title>
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		<pubDate>Mon, 25 Apr 2011 07:17:07 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[La sentencia del Tribunal Supremo que anula el grado de Ingeniería de la Edificación no afecta al reconocimiento de estos estudios y sólo hace referencia a su denominación, según el director del departamento de Edificación de la Universidad Camilo José Cela de Madrid, Juan Carlos Deltell. En la presentación de la primera promoción de antiguos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La sentencia del Tribunal Supremo que anula el grado de Ingeniería de la Edificación no afecta al reconocimiento de estos estudios y sólo hace referencia a su denominación, según el director del departamento de Edificación de la Universidad Camilo José Cela de Madrid, Juan Carlos Deltell.</p>
<p>En la presentación de la primera promoción de antiguos arquitectos técnicos de Burgos que han obtenido el nuevo título, Deltell ha asegurado que se han producido contactos de la Conferencia de Rectores (CRUE) y el Ministerio de Educación para buscar una solución a esta situación, que podría pasar por un simple cambio del nombre del nuevo grado.</p>
<p>En todo caso, ha asegurado que quienes han cursado o están cursando el grado no deben temer nada porque sus estudios siguen un plan acreditado por la ANECA (Agencia Nacional de Acreditación) y tienen plena validez.</p>
<p>Entre los que han recibido esta tarde el nuevo título se encuentra el propio presidente del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Burgos, Jesús Manuel González.</p>
<p>Ha sido el colegio el que ha puesto en marcha la organización de los cursos de adaptación a través de la Universidad Camilo José Cela.</p>
<p>En la primera promoción se han graduado 150 personas y ya está a punto de comenzar una segunda con otros 100 en Burgos y 50 en Miranda de Ebro.</p>
<p>Entre ambas suman prácticamente la mitad de los aparejadores de la provincia.</p>
<p>González ha explicado que sólo continuarán ofreciendo la organización de estos cursos desde el colegio oficial en el caso de que siga habiendo demanda, porque no es necesario que todos los aparejadores o arquitectos técnicos obtengan la nueva titulación.</p>
<p>El nuevo grado permite acceder directamente al ejercicio de la profesión en toda Europa y a cursos estudios de postgrado, aunque la antigua titulación seguirá siendo válida para ejercer en España</p>
<p><a href="http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=779313" target="_blank">abc.es</a></p>
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		<title>El TS rechaza el desahucio de VPO cuando el alquiler sea superior a la legal</title>
		<link>http://www.aideabogados.com/vpo/</link>
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		<pubDate>Mon, 25 Apr 2011 06:52:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Tribunal Supremo ha rechazado que un propietario de una vivienda de protección oficial pueda desahuciar al inquilino por el impago de la renta pactada, cuando ésta sea superior al máximo fijado legalmente para esta clase de inmuebles. En una sentencia conocida hoy, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado así el recurso formulado [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo ha rechazado que un propietario de una vivienda de protección oficial pueda desahuciar al inquilino por el impago de la renta pactada, cuando ésta sea superior al máximo fijado legalmente para esta clase de inmuebles.</p>
<p>En una sentencia conocida hoy, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado así el recurso formulado por un inquilino contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que daba la razón a la propietaria porque el inquilino pagaba desde junio de 2003 sólo 450 euros, frente a los 660 euros supuestamente pactados.</p>
<p>La sentencia, en la que ha sido ponente Juan Antonio Xiol Ríos, recuerda que la Disposición Adicional Primera de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 considera nulos los contratos que establezcan rentas superiores a las máximas autorizadas en la normativa administrativa aplicable.</p>
<p>Por ello, no considera que pueda prosperar la interpretación de la Audiencia Provincial de Madrid de que la renta estaba pactada y, en consecuencia, el inquilino debía ser desahuciado por el impago de la totalidad.</p>
<p>&#8220;No resulta ni ética ni jurídicamente sostenible admitir que existen dos suertes de contratos de arrendamientos&#8221;, critican el Alto Tribunal, que añade que &#8220;no se discute que la renta convenida era superior a la renta legal máxima a la fecha de suscripción del contrato, por lo que, conforme a la jurisprudencia de esta Sala, esta obligación de pagar una renta superior es nula y obliga a las partes a acomodar la renta a la legislación&#8221; de VPO.</p>
<p>De esta manera, los magistrados entienden que &#8220;se puede concluir, en definitiva, que el arrendatario haya incumplido con su obligación de pago, por lo que la acción de desahucio por este motivo no puede ser estimada&#8221;.</p>
<p><a href="http://www.expansion.com/agencia/efe/2011/04/15/16061758.html" target="_blank">expansion.com</a></p>
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		<title>La batalla legal contra las cláusulas suelo</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Apr 2011 14:10:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los dos años de recesión y, sobre todo, de tipos de interés en mínimos históricos han servido para que muchos hipotecados descubriesen, para su disgusto, el significado de la denominada &#8220;cláusula suelo&#8221; que la mayoría de las entidades venían aplicando a este tipo de préstamos. Esta cláusula impide que el interés de un crédito baje [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los dos años de recesión y, sobre todo, de tipos de interés en mínimos históricos han servido para que muchos hipotecados descubriesen, para su disgusto, el significado de la denominada &#8220;cláusula suelo&#8221; que la mayoría de las entidades venían aplicando a este tipo de préstamos. Esta cláusula impide que el interés de un crédito baje de una determinada cifra, aunque el euribor continúe cayendo, y con la que bancos y cajas se han embolsado decenas de millones de euros en este tiempo.<br />
Por este motivo y por el gran número de afectados -se calcula que sólo en Alicante podrían ser unos 160.000- esta práctica se ha convertido en el principal caballo de batalla de las asociaciones de consumidores especializadas en el sector financiero, Ausbanc y Adicae. Cada una, eso sí, ha decidido tomar su propia estrategia ante los tribunales con la presentación de sendas demandas.<br />
Ausbanc eligió el Juzgado Mercantil número 2 de Sevilla para centrar su demanda contra tres entidades concretas que, a su juicio, son representativas del sector. Se trata de un banco, el BBVA; una caja, Caixa Galicia; y una rural, Cajamar. Su idea es sentar precedente para que, posteriormente, la decisión de los tribunales pueda ser de aplicación universal.<br />
Ya han conseguido una primera sentencia que les da la razón y declara abusivas las &#8220;cláusulas suelo&#8221; aplicadas por estas entidades. El argumento no es tanto el concepto de la cláusula como su falta de proporcionalidad entre el mínimo y el máximo interés a cobrar. Por ejemplo, cuando los tipos rondaban el 4,5%, el suelo se establecía alrededor del 3% y el techo en el 15%. Al estar recurrida, Ausbanc no ha logrado la aplicación automática del auto y los usuarios deben solicitar individualmente su ejecución. Eso sí, BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya han anunciado que no incluirán más esta cláusula en sus contratos hipotecarios.<br />
Por su parte, Adicae ha conseguido que el Juzgado Mercantil número 11 de Madrid haya admitido a trámite una demanda colectiva por este tema contra un centenar de entidades, casi la totalidad del sistema financiero español. Hasta el momento son más de 11.000 los afectados que ya se han sumado a este procedimiento, poco habitual en el sistema judicial español. Adicae también ha presentado una iniciativa legislativa para que la entrega de la vivienda salde el total de la deuda.</p>
<p><strong>D. NAVARRO ALICANTE </strong><br />
<a href="http://www.diarioinformacion.com/economia/2011/04/24/batalla-legal-clausulas-suelo/1119504.html" target="_blank">Información.es<br />
</a></p>
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