Divorcio ante el Juzgado de Violencia sobre la mujer - Aide Abogados y Consultores, Despacho en Burgos

Divorcio ante el Juzgado de Violencia sobre la mujer

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Divorcio

Para evitar que se estén tramitando dos procedimientos en paralelo en juzgados diferentes durante un divorcio al que se le suma una demanda, por ejemplo, por violencia de género; se ha estimado que será el Juzgado de Violencia sobra la mujer el que se encargue de la tramitación tanto del divorcio como de la demanda por violencia.

SITUACIONES

Para ello deben producirse estas situaciones. En el punto tercero del artículo 87 ter de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, se establece que:

– Se tiene que estar tratando un procedimiento de filiación, maternidad y paternidad; debemos estar ante un procedimiento de nulidad del matrimonio, separación o divorcio; o en un procedimiento de medidas paterno filiares.

– Alguna de las partes del proceso civil debe ser víctima de violencia de género (sólo pueden ser mujeres).

– Que alguna de las partes sea imputado como autor, inductor o cooperador necesario en la realización de actos de violencia de género.

 Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer actuaciones penales por delito o falta a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer. O que se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género.

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