Defectos de construcción, ¿cómo y a quién reclamar? - AIDE Abogados

Defectos de construcción, ¿cómo y a quién reclamar?

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Derecho Inmobiliario

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Aunque parezca increíble, desgraciadamente no son pocas las viviendas nuevas en las que aparecen defectos de construcción al poco tiempo de adquirirlas. Esta situación puede ser muy frustrante para los compradores ya que acaban de realizar una inversión importante en una vivienda que ahora se ve deteriorada. Pero todo tiene solución: la ley protege estos daños en los edificios recién construidos.

Para ello, es necesario saber qué tipo de daños contiene el edificio o la casa y conocer quiénes son los responsables para poder iniciar una reclamación amistosa o, en su defecto, una demanda judicial. Desde AIDE Abogados especialistas en derecho inmobiliario en Burgos, te detallamos todas estas cuestiones. 

 

Tipos de defectos de construcción y plazos para reclamarlos

Existen tres tipos de defectos en los que agrupar los daños de la vivienda, cada uno de los cuales tiene un plazo diferente para ser reclamado:

  • Los defectos estructurales: son aquellos que afectan a la estabilidad y a la resistencia del edificio como son la cimentación, los muros de carga, los pilares, vigas, forjados y todos aquellos demás elementos de la estructura del edificio. Para reclamarlos los propietarios de la vivienda tienen dos años desde que el constructor entregó la obra al promotor, y desde entonces existen 10 años de garantía para la reparación de estos vicios.

 

  • defectos de construcciónDefectos para la habitabilidad: impiden un uso adecuado por parte de los habitantes de la vivienda porque afectan a diferentes cuestiones como la salubridad, la aparición de humedades importantes, filtraciones, falta de aislamiento u otros aspectos. El plazo para la reclamación sigue siendo de dos años, y se cuenta con 5 años de garantía para que se solventen estos problemas.

 

  • Los defectos en los acabados: afectan a las terminaciones y acabados superficiales de los componentes del edificio. No son tan graves para la integridad del edificio o para la habitabilidad de las personas, pero aun así tienen derecho a ser reclamados. Igualmente se ha de realizar durante los dos primeros años y desde la reclamación existe 1 año para solucionar estos daños.

 

También puede ocurrir, aunque es muy extraño, que se tenga que anular la compra de la vivienda, aunque ya sea efectiva, porque los daños y vicios que existen en la vivienda son de extrema gravedad y podrían poder en peligro la vida de los residentes. Pero como decimos, es muy difícil que suceda.

 

¿A quién reclamar estos defectos de construcción?

Existen varios profesionales, conocidos como agentes de la edificación, que son quienes intervienen en el proceso de la edificación. Según la ley son los siguientes:

  • Promotor, quien inicia y financia la obra para sí o para su entrega a terceros.
  • Proyectista, la persona que bajo encargo del promotor redacta el proyecto de edificación.
  • Constructor, el agente que asume la ejecución de las obras con medios materiales y humanos sujetas al contrato y al proyecto.
  • Director de obra, quien dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales según el proyecto y las licencias oportunas.
  • Director de la ejecución de la obra, coordina la ejecución material de la obra y controla la construcción y la calidad de lo edificado.
  • Entidades y laboratorios de control de calidad, prestan asistencia técnica para verificar la calidad del proyecto, de sus materiales, de las instalaciones y de la ejecución de la obra.

 

Dependiendo del defecto de construcción, cada uno de estos agentes responderá según sus funciones. Pero en el caso de que no se pueda estimar correctamente el daño o no se puede individualizar la culpa, todos responderán solidariamente.

Si no existe una solución amistosa con los agentes de la obra, existe un plazo de dos años desde que la obra fue entregada al promotor, para interponer una demanda judicial.

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Pasos para reclamar los defectos de construcción

Para reclamar los posibles vicios de construcción, se han de seguir los siguientes pasos:

  1. Hablar con la comunidad de vecinos para ver si los defectos afectan a todo el edificio. Lo más probable es que así sea por lo que se puede realizar una acción conjunta contra los agentes de la construcción que tenga más peso a la hora de colaborar solidariamente.

 

  1. Encuadrar los defectos en alguno de los tres tipos de vicios explicados anteriormente para conocer los plazos de garantías y las prescripciones.

 

  1. Contactar con un perito cualificado que acuda a la vivienda y elabore un informe pericial que explique el tipo de daño, sus causas y una cuantificación aproximada de los gastos de reparación.

 

  1. Acudir a un abogado especialista en derecho inmobiliario si no se ha podido llegar a un acuerdo amistoso con los agentes de construcción, para interponerles una reclamación extrajudicial y tratar de dialogar sin llegar a los tribunales. De no ser así, la situación avanzará hacia una demanda judicial.

 

Si tienes una situación de este tipo, en AIDE Abogados te asesoraremos en Burgos para defender tus derechos y tus intereses ante los agentes de construcción y que respondan a los daños ocasionados.

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